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INDEPENDIZACIÓN DE INMUEBLE

¿Qué es la independización de un inmueble?

Es un acto registral que permite dividir una edificación en unidades inmobiliarias separadas (pisos, departamentos, azotea, estacionamientos, locales, etc.), cada una con su propia partida registral independiente. Este procedimiento es esencial si deseas vender, hipotecar solo una parte del inmueble, donar, repartir herencia o realizar cualquier transacción legal con alguna unidad inmobiliaria dentro de una edificación.

¿Qué beneficios me genera el independizar un inmueble?

  • Facilita los actos particulares que se desee realizar sobre cada una de ellas.
  • Al independizar una zona o piso, obtengo una partida exclusiva para cada una de ellas, pudiendo realizar actos jurídicos sobre cada inmueble de manera independiente.
  • Al contar con una partida para cada piso, por ejemplo, puedo inscribirlo a favor del verdadero propietario.
  • Obtención de préstamos otorgando como garantía hipotecaria la zona que he independizado, evitando hipotecar todo el inmueble.
  • Puedo vender cada piso independizado y obtener una ganancia.
  • Puedo transferir a favor de mis herederos un espacio físico determinado y evitar futuros conflictos familiares.
  • Facilita la instalación de servicios básicos independientes, pues cada uno contará con un medidor propio de agua o luz y consecuentemente pagará lo que efectivamente consume.

¿Qué Requisitos necesito para la inscripción de la independización con reglamento interno de un inmueble?

  • Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).
  • Documento privado con firma certificada del propietario o copropietarios ante notario, conteniendo el reglamento interno redactado conforme al artículo 153 del Decreto Supremo Nº 035-2006-Vivienda (T.U.O. del Reglamento de la Ley Nº 27157).
  • Memoria Descriptiva con firma certificada del propietario o copropietarios ante notario, en la que se describa el área, linderos y medidas perimétricas de las secciones de dominio exclusivo y de los bienes comunes regulados por el reglamento interno.
  • Planos de independización (por pisos o niveles) donde se grafique las unidades de dominio exclusivo y las zonas comunes, autorizado por profesional competente (ingeniero civil o arquitecto colegiado) con firma certificada ante notario.
  • Si ya cuenta con el certificado de numeración de las unidades a independizar, debidamente expedido por la Municipalidad distrital podrá presentarlo para su inscripción.
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